Nuestro seguro Mutual Accidentes Personales Flexible está diseñado a tu medida, para que tú y los que más quieres vivan tranquilos.
Podrás elegir la temporalidad que necesitas para estar protegido: 30, 90, 180 o 365 días.
Además, al contratarlo podrás elegir entre dos tipos de rentas para tus beneficiarios:
(A) Renta Escolar: Deja protegida la educación de tu(s) hijo(s). Mutual Accidentes Personales Flexible te ofrece dejarles una renta escolar anual, permitiéndote escoger entre 4 opciones: por 5 años, por 10 años, hasta los 18 años de edad o hasta los 24 años de edad de tu hijo; tú decides. Esta renta sólo se paga si el hijo beneficiario está cursando educación obligatoria, es decir, se encuentre estudiando en cursos regulares en un establecimiento educacional autorizado por el Estado para impartir kinder, educación básica, media, universitaria o técnico-profesional.
(B) Renta Temporal: Protege a quien tú quieras mediante el pago de una renta flexible a tus beneficiarios. Mutual Accidentes Personales Flexible te permite elegir el monto de la renta (desde 10 a 150 UF), número de rentas (desde 1 a 24 rentas) y frecuencia de pagos (mensual, trimestral, semestral o anual).
Pago único: Paga una sola vez y estarás cubierto por el periodo que elijas.
Tarifa a tu medida: La prima dependerá de tus necesidades de cobertura.
Fácil contratación: Simula y contrata 100% online desde cualquier dispositivo móvil.
No requiere exámenes médicos. **
** En los siguientes casos se solicitarán más antecedentes: Depresión orgánica, Depresión reactiva, Manifestaciones Psíquicas, Padecimiento mental de causa conocida, Trastornos de Ansiedad: Casos moderados y severos, Trastornos de Ansiedad: Psicosis involutiva otros casos y Trastornos de la Alimentación: Con historia y en recuperación.
Condiciones de cobertura y exclusiones en la POL320200122 depositada en C.M.F.
Muerte Accidental.
Invalidez Accidental Total y Permanente de a lo menos dos tercios (2/3) de la capacidad de trabajo, evaluada conforme a las normas para la evaluación y calificación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al sistema de pensiones del DL N° 3.500.
Muerte o la invalidez total y permanente causada por suicidio o intento de suicidio, o bien por alguna otra de las situaciones extremas o inusuales señaladas en el artículo 5° de las Condiciones Generales de la POL320200122, tales como participación en actividades peligrosas no declaradas, delictivas o temerarias y efectos de guerras, entre otras.
Edad mínima de ingreso: 18 años.
Edad máxima de contratación: Hasta el día en que cumpla los 65 años.
Edad máxima de permanencia: 66 años.
La vigencia del seguro es temporal por 30, 90, 180 o 365 días. Sin renovación automática.