Tipo de Vehículo |
Precio Internet |
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Automóvil | $ 6.890 | |
Station Wagon | $ 6.890 | |
Todo Terreno | $ 6.890 | |
Camioneta | $ 8.690 | |
Furgón | $ 8.690 | |
Carros de Arrastre | $ 3.600 | |
Carroza Fúnebre | $ 8.690 | |
Motocicleta | $ 44.000 | |
Minibus Particular | $ 23.000 |
Si eres propietario de un vehículo motorizado, para renovar tu permiso de circulación, de acuerdo a la Ley N° 18.490, debes contratar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP). Este seguro cubre el fallecimiento, incapacidad permanente y gastos médicos a consecuencias de accidentes de tránsito en que intervenga el vehículo asegurado.
Las condiciones de la póliza correspondiente a este seguro obligatorio, son las del modelo incorporado al Depósito de Pólizas de la Comisión de Mercado Financiero (CMF), bajo el código POL 320130487.
El SOAP cubre la muerte, incapacidad permanente y gastos médicos producto de lesiones sufridas a consecuencia de accidentes de tránsito en que intervenga el vehículo asegurado, sus remolques o sus cargas. Los gastos médicos comprenden: atención prehospitalaria, transporte sanitario, hospitalización, atención Médica y quirúrgica, dental, prótesis e implantes, gastos farmacéuticos y gastos por concepto de rehabilitación de las víctimas.
PERSONAS CUBIERTAS:El conductor, las personas transportadas en el vehículo asegurado y cualquier tercero afectado en el accidente. En caso de muerte del accidentado la indemnización se pagará a sus beneficiarios, en el siguiente orden de precedencia: el cónyuge, los hijos menores de edad, los hijos mayores de edad, los padres, la madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido y, a falta de los anteriores, sus herederos legales.
INDEMNIZACIONES:300 UF en caso de muerte, previa deducción de los gastos médicos. 300 UF en caso de incapacidad permanente total, evento en el cual no se deducen los gastos médicos. Hasta 200 UF en caso de incapacidad permanente parcial, según su grado. Hasta 300 UF por gastos médicos.
Las indemnizaciones por muerte e incapacidad total y parcial no son acumulables. Si hubiere pagado una incapacidad permanente parcial y el accidentado con posterioridad y a consecuencia del mismo accidente falleciere o se determine su incapacidad permanente total, el asegurador sólo pagará el remanente hasta el equivalente a 300 UF.
En el caso de incapacidad permanente parcial, los pagos por gastos médicos sumados a la indemnización que corresponda pagar por dicha incapacidad, no podrá exceder al equivalente a 300 UF.
QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE:El afectado o quién actúe por él, debe asegurarse que ha quedado estampada la denuncia en una unidad de Carabineros donde se identifique la fecha, hora y lugar del accidente, las personas lesionadas o fallecidas y los datos de los vehículos involucrados (al menos patente, número de póliza y aseguradora que emitió el SOAP).
COMO COBRAR EL SOAP:Debe presentarse la solicitud en las oficinas de la aseguradora, adjuntando el Certificado otorgado por el Tribunal competente o el Ministerio Público para el cobro del SOAP, y:
El Plazo para cobrar este seguro es de un año a contar de la fecha del accidente o de la muerte del afectado.
Para mayor información consulte en la compañía de seguros o en el sitio Web de la Comisión de Mercado Financiero (CMF), www.cmfchile.cl.
Mutual de Seguros otorgará cobertura para SOAP periodo 2024, únicamente a los tipos de vehículos que se indican a continuación, y sus tarifas son las siguientes:
Precios referenciales al día: 01/01/2024
Vigencia Póliza: 01/04/2024 hasta 31/03/2025
Tipo de vehículo | Precio Internet |
---|---|
Automóvil | $ 6.890 |
Station Wagon | $ 6.890 |
Todo Terreno | $ 6.890 |
Camioneta | $ 8.690 |
Furgón | $ 8.690 |
Carros de Arrastre | $ 3.600 |
Carroza Fúnebre | $ 8.690 |
Motocicleta | $ 44.000 |
Minibús Particular | $ 23.000 |
Las coberturas del SOAP son para toda persona involucrada en un accidente de tránsito y que haya sufrido lesiones o muerte, ya sean el conductor, las personas transportadas en el vehículo asegurado y cualquier tercero afectado con motivo del accidente, como por ejemplo peatones o las personas que son transportadas en algún vehículo no asegurado, excluyendo, en este último caso, al propietario del mismo.
El SOAP debe contratarse una vez por año, previo a la renovación del permiso de circulación.
Las coberturas producto de lesiones sufridas a consecuencia de accidentes de tránsito en que intervenga el vehículo asegurado y sus montos son:
El SOAP reembolsa hasta 300 U.F. por los gastos médicos en que hayan debido incurrir las personas para la atención de las afecciones que directamente provengan de lesiones que se originen por el accidente de tránsito, en que haya participado el vehículo asegurado, siempre que se incurra en dichas prestaciones o gastos dentro del plazo de un año contado desde la fecha del accidente. Incluye la atención pre hospitalaria, el transporte sanitario, la hospitalización, la atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, gastos farmacéuticos y de rehabilitación de las víctimas.
En este caso, el pago que realizará Mutual de Seguros será de forma única, reembolsando las prestaciones que haya debido cursar la víctima por lesiones generadas directamente a causa del accidente vehicular, respetando los montos tope que indica la POL 320130487.
NO, el SOAP sólo opera sobre las personas participantes en un accidente, cubriendo el riesgo de sufrir lesiones o muerte a causa del mismo. Por lo tanto, el SOAP no cubre los daños de los vehículos involucrados.
En caso de incapacidad permanente, total o parcial, el pago de la indemnización se efectúa directamente a la víctima titular de la indemnización, o a la persona que concurra en su nombre, con poder suficiente para ello.
En caso de indemnizaciones por gastos médicos, el pago también se efectuará directamente a la víctima o a su apoderado. Asimismo, el pago se podrá efectuar directamente al Servicio de Salud o a la entidad previsional u hospitalaria que acredite haber otorgado al accidentado la correspondiente prestación.
En caso de fallecimiento y en orden de precedencia, los beneficiarios son los siguientes:
Para adquirir el SOAP, Mutual de Seguros ofrece las siguientes opciones:
Si lamentablemente eres parte de algún accidente de tránsito con resultado de lesiones o muerte, debes realizar los siguientes pasos:
En caso de fallecimiento:
En caso de incapacidad permanente parcial o total:
Caso de indemnización por gastos médicos:
Debes recordar que según el Artículo 13 de la Ley Nº 18.490, las acciones para perseguir el pago de las indemnizaciones por accidentes personales contempladas en esa ley, prescribirán en el plazo de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte de la víctima, siempre que aquella haya sucedido dentro del año siguiente al mismo accidente.
Sin perjuicio de lo anterior, según las condiciones de la póliza, tratándose de las indemnizaciones por concepto de incapacidad permanente, el plazo de prescripción se contará desde la fecha de emisión del certificado médico, que en conformidad al artículo 28 de la ley Nº 18.490, expida el médico tratante, el cual no podrá presentarse luego de transcurrido dos años desde la fecha del accidente.
Una vez presentados los documentos requeridos, y si Mutual de Seguros no solicita nuevos antecedentes, exámenes u otros requerimientos necesarios para la acreditación del siniestro, ella deberá pagar la indemnización que corresponda dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de dichos documentos.
Lo primero que Mutual de Seguros te recomienda, es que tú y todas las personas que estén siendo transportadas en el vehículo, utilicen siempre el cinturón de seguridad, ya que su correcto uso puede salvar sus vidas.
Debes mantener todos los documentos de circulación de tu vehículo al día, y en caso de siniestro seguir los pasos y plazos descritos anteriormente.
Por último, Mutual de Seguros te recomienda manejar responsablemente, a la defensiva y previniendo la posible ocurrencia de accidentes, con el fin de evitar cualquier siniestro y sus consecuencias.
Si conduce un vehículo sin el Seguro Obligatorio, está cometiendo una infracción a la Ley de Tránsito, y esto es sancionado con multa. Además, este vehículo puede ser retirado de circulación por Carabineros de Chile, para ser puesto a disposición del Juzgado de Policía Local.
El SOAP se pagará preferentemente ante cualquier otro seguro o beneficio de seguridad social, incluyendo las coberturas que provengan de la legislación sobre accidentes del trabajo, las que se pagarán en la parte no cubierta por el SOAP.
Se excluyen de todas las coberturas de este seguro, los siguientes casos de muerte o lesiones corporales:
El período de cobertura del SOAP es desde el 01/04/2024 hasta 31/03/2025, para los Seguros Obligatorios de los vehículos que sean cubiertos por Mutual de Seguros.
Sin embargo, si compras este seguro en una fecha posterior al 01/04/2024, la cobertura iniciará en el día de compra, y terminará el 31/03/2025.
Porque somos una Corporación, sin fines de lucro que desde 1919 aseguramos a la familia chilena, con una inmejorable cobertura de vida y una amplia gama de Beneficios Adicionales. Desde su fundación, concilia sobre la práctica de sólidos principios, su rol de aseguradora de vida y su carácter mutualista, primando en su modelo de gestión, una marcada orientación social, espíritu solidario y el bienestar de las personas.
No, este seguro otorga cobertura sólo dentro del territorio nacional.
La contratación del seguro SOAP NO permite anulaciones ni devoluciones. Por lo tanto, es importante que el solicitante verifique los antecedentes ingresados antes de aceptar el pago.
El despacho a domicilio tiene un costo de $2.500.- y la póliza que recibirá por correo postal es una impresión del mismo SOAP Electrónico, tal como la podría imprimir usted en su hogar.
El pago del SOAP Electrónico se puede realizar exclusivamente a través del sistema WebPay, mediante tarjetas de crédito bancarias y/o Redcompra.
Para resolver cualquier duda, incluyendo la vigencia de tu póliza, puedes ingresar a la página web de la Comisión para el Mercado Financiero, www.cmfchile.cl.
También puedes consultarnos directamente llamando al Contact Center de Mutual de Seguros: 600 626 7311. Su horario de atención es de lunes a jueves, desde las 9:00 hasta las 17:00 horas y viernes desde las 9:00 hasta las 14:00 horas. O bien, puedes visitar el módulo electrónico de consultas SOAP.
Por último, puedes revisar la Ley N° 18.490, del Seguro Obligatorio de Accidentes Causados por Vehículos Motorizados, o la póliza incorporada al Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) bajo el código POL 320130487.
Ciudad | Dirección |
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Arica | Paseo 21 de Mayo Nº 187 |
Iquique | Serrano Nº 154 |
Antofagasta | San Martín Nº 2475 |
La Serena | Avenida El Santo N° 1554 |
Viña del Mar | Libertad Nº 852 |
Quilpué | Vicuña Mackenna Nº 878, local 1 |
Valparaíso | Molina Nº 446 |
Santiago | Moneda Nº 1137, 2º Piso |
Rancagua | Campos N° 630 |
Talca | Dos Norte N°733 |
Concepción | Chacabuco Nº 555 |
Temuco | Avenida Alemania N° 599 |
Valdivia | Carampangue N° 383 |
Puerto Montt | Benavente Nº 838 |
Punta Arenas | Presidente Julio A. Roca N°809 Local 2, Piso 1 |